lunes, 28 de septiembre de 2009

ORDENANZA No. 02-2009 DE CREACION DEL CODIGO MUNICIPAL DEL CANTON RIOBAMBA

ORDENANZA No. 002-2009

EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE RIOBAMBA

Visto el Informe No. 076 de 9 de septiembre de 2009, de la Comisión de Legislación,

CONSIDERANDO:

Que, el Municipio de Riobamba cuenta con una legislación interna dispersa y que es indispensable compilar, ordenar y depurar la misma;

Que, es necesario que las ordenanzas emitidas por el Concejo Cantonal sean debidamente conocidas por los habitantes del Cantón, y que pueda establecerse con claridad cuáles de ellas se encuentran vigentes y deben aplicarse a cada caso concreto;

Que, para ello debe darse un orden claro y sistemático a todas las ordenanzas que al momento se encuentran vigentes en el Cantón Riobamba;

Que, el Concejo Cantonal tiene la facultad legislativa para aplicar los procedimientos institucionales a través de ordenanzas, reglamentos, resoluciones y acuerdos; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 254 de la Constitución de la República del Ecuador y el numeral 1 del artículo 63 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal,

EXPIDE:

LA ORDENANZA DE CREACION DEL CODIGO MUNICIPAL DEL CANTON RIOBAMBA

Art. 1.- Créase el Código Municipal del Cantón Riobamba que servirá para agrupar orgánica y metodológicamente la legislación municipal vigente.

Art. 2.- El Código Municipal del Cantón Riobamba tendrá la estructura determinada en el Anexo a esta Ordenanza, que forma parte integrante de la misma.

El Concejo Cantonal de Riobamba podrá expedir ordenanzas que serán necesariamente, reformatorias de este Código, ya por modificar sus disposiciones, ya por agregarle otras nuevas o derogar las innecesarias para la gestión municipal.

Art. 3.- Las ordenanzas, salvo que en ellas se indique lo contrario, entrarán en vigencia a partir de la fecha de su sanción, sin perjuicio de su promulgación, y se incorporarán en el Código Municipal del Cantón Riobamba de acuerdo a la materia y al tema.  Esta norma no es aplicable a las ordenanzas de carácter tributario que se someterá a las reglas del Código Tributario y de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

Todas las ordenanzas aprobadas por el Concejo Cantonal y sancionadas por el Alcalde serán publicadas en el Registro Oficial.

Art. 4.- El Secretario del Concejo está obligado  a remitir una copia de toda ordenanza sancionada que se incorpore al Código Municipal del Cantón Riobamba a los Directores, Jefes Departamentales y Gerentes de las Empresas Municipales.

Art. 5.- Por lo menos cada dos años, la Dirección de Asesoría Jurídica del Municipio de Riobamba, preparará y publicará una nueva edición de este Código a la que se incorporarán las codificaciones o modificaciones de la normativa legal municipal interna que se le hubieren introducido.

Para proceder a la publicación se requerirá el informe favorable de la Comisión de Legislación y la aprobación del Concejo Cantonal.

La publicación y difusión impresa y electrónica de las nuevas ediciones de este Código estarán bajo la responsabilidad de Secretaría de Concejo y el Departamento de Sistemas.

Art. 6.- La presente Ordenanza entrará en vigencia  a partir de su sanción por el Alcalde del Cantón Riobamba, sin perjuicio de su promulgación por cualquiera de los medios previstos en el artículo 29 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal;  y será publicada en el Registro Oficial.

Riobamba, 28 de septiembre de 2009.

f). Ab. Isabel Morales Morocho
SECRETARIA DEL CONCEJO

CERTIFICADO:  Dr. Pablo Muñoz Rodríguez y Ab. Isabel Morales Morocho,  Vicealcalde del Cantòn y Secretaria del Concejo, respectivamente, CERTIFICAN:  Que,  LA ORDENANZA DE CREACION DEL CODIGO MUNICIPAL DEL CANTON RIOBAMBA,   fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal de Riobamba en las sesiones del 18  y 25 de septiembre  de 2009.

f). Dr. Pablo Muñoz Rodríguez                             f). Ab. Isabel Morales Morocho
VICEALCALDE DEL CANTON                           SECRETARIA DEL CONCEJO

ALCALDIA DE RIOBAMBA.- Riobamba, 28  de septiembre de 2009.-  Lic. Juan Salazar López.-  Alcalde de Riobamba.- EJECUTESE: LA ORDENANZA DE CREACION DEL CODIGO MUNICIPAL DEL CANTON RIOBAMBA,  que antecede.

f). Lic. Juan Salazar Lòpez
ALCALDE DE RIOBAMBA


ANEXO.-

DE LA ESTRUCTURA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE RIOBAMBA:

LIBRO PRIMERO
DEL CONCEJO Y DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

TITULO I
DEL CONCEJO Y SUS COMISIONES

CAPÍTULO I
De las Comisiones.

CAPÍTULO II
De las Sesiones.

CAPÍTULO III
De las Atribuciones, derechos, deberes y dietas de los Concejales.

TÍTULO II
DE LA GESTION ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO I
De la Estructura Orgánica y Funcional.

CAPÍTULO II
Del Régimen de Personal.

CAPÍTULO III
De los Comisarios e Inspectores Municipales.

CAPÍTULO IV
De las Administraciones Municipales.

CAPÍTULO V
De las Empresas Municipales.

TÍTULO III
DE LOS BIENES MUNICIPALES

CAPÍTULO I
Del Comodato.

CAPÍTULO II
De la Donación de Inmuebles.

CAPÍTULO III
Del Arrendamiento de Bienes Inmuebles.

CAPÍTULO IV
De los Bienes Mostrencos.

CAPÍTULO V
Del Uso de los Vehículos Municipales.

CAPÍTULO VI
De las Compras Públicas Municipales.


LIBRO SEGUNDO
DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES

TÍTULO I
DEL PAGO DE IMPUESTOS

CAPÍTULO I
De las Normas sobre el Pago del Impuesto a los Predios Urbanos y Rurales.

CAPÍTULO II
De las Normas sobre el Pago del Impuesto a las utilidades en la compraventa de bienes inmuebles y plusvalía de los mismos.

CAPÍTULO III
De las Normas sobre el pago del Impuesto para las patentes municipales.

CAPÍTULO IV
De las Normas sobre el Pago del Impuesto al rodaje.

CAPÍTULO V
De las Normas sobre el Pago del Impuesto a los espectáculos públicos.

CAPÍTULO VI
De las Normas Relacionadas con Exoneraciones de Impuestos Municipales.

CAPÍTULO VII
De las Normas Relacionadas a los Incentivos a las Nuevas Inversiones.

TITULO II
DEL PAGO DE TASAS

CAPÍTULO I
De la Tasa por el cobro de servicios administrativos (especies valoradas para trámites municipales).

CAPÍTULO II
De la Tasa por recolección de basura.

CAPÍTULO III
De la Tasa que regula la circulación de los vehículos de transporte de carga pesada y pasajeros.

CAPÍTULO IV
De la Tasa por el servicio del Camal Frigorífico.


CAPÍTULO V
De la Tasa por los servicios del Terminal Terrestre.

CAPÍTULO VI
De la Tasa por los servicios del Cementerio Municipal.

CAPÍTULO VII
De la Tasa por la Licencia de Funcionamiento de establecimientos turísticos.

CAPÍTULO VIII
De las Normas sobre el pago que regula la ocupación y cobro de la utilización de la vía pública del Cantón Riobamba.

CAPÍTULO IX
Del Sistema de Estacionamiento Rotativo, Ordenado, Tarifado (SEROT).

TÍTULO III
DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS

CAPÍTULO I
De la Contribución por Obras de Vialidad.

CAPÍTULO II
De la Contribución para Pavimentación Asfáltica, Repavimentación y Adoquinado Urbano.

CAPÍTULO III
De la Contribución por Obras en Parques, Plazas y Jardines; por construcción y mejoramiento de Escenarios Deportivos.

CAPÍTULO IV
Base Imponible y Emisión de Títulos de Crédito.

CAPÍTULO V
Pago y destino de la Contribución Especial de Mejoras.

CAPÍTULO VI
Distribución del costo de las obras pagadas por Contribución Especial de Mejoras

TÍTULO IV
DE LA COACTIVA

LIBRO TERCERO
DEL DESARROLLO HUMANO

TÍTULO I
DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

CAPÍTULO I
Del Presupuesto Participativo.

CAPÍTULO II
De los Consejos de Convivencia Ciudadana.

CAPÍTULO III
De la Silla Vacía.

TÍTULO II
DE LA CIENCIA, CULTURA, RECREACIÓN Y ARTE

CAPÍTULO I
De la Ciencia.

CAPÍTULO II
De la Cultura.

CAPÍTULO III
De la Recreación.

CAPÍTULO IV
Del Arte.

LIBRO CUARTO
DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y GESTIÓN AMBIENTAL

TÍTULO I
DEL PLANEAMIENTO DEL TERRITORIO

CAPÍTULO I
De la Planificación Territorial.

Sección I
De los límites y zonas urbanas.

Sección II
De la delimitación y creación de Parroquias urbanas y rurales.

Sección III
Del uso y ocupación del suelo.

Sección IV
De las Normas de Urbanismo y Arquitectura.

Sección V
Del control y aprobación de planos.

Sección VI
De la declaratoria de propiedad horizontal.

Sección VII
De las Urbanizaciones, Subdivisiones Prediales, Reestructuración parcelaria y Proyectos de Interés Social Popular.

Sección VIII
De los Permisos.

Sección IX
Del Control Territorial y de las Infracciones y Sanciones.

CAPÍTULO II
De la Nomenclatura del Cantón.

CAPÍTULO III
Del Centro Histórico y Patrimonio Cultural.

CAPÍTULO IV
Del Sistema Catastral Urbano, Rural y el Sistema de Información Geográfica.

CAPÍTULO V
Del Control de la Propaganda Electoral.

TÍTULO II
DE LA GESTIÓN MUNICIPAL HACIA EL AMBIENTE

CAPÍTULO I
De la Protección de los Recursos Naturales del Cantón Riobamba.

CAPÍTULO II
De la Calidad Ambiental Urbana y Rural.

CAPÍTULO III
De la Capacitación en Temas Ambientales y Vinculación a la Comunidad.

CAPÍTULO IV
De los Mercados y del Comercio en Espacios de Circulación Pública.

CAPÍTULO V
De la Suspensión, Sanciones y Multas

viernes, 7 de agosto de 2009

ORDENANZA No. 01-2009 REFORMATORIA A LA ORDENANZA No. 009-2007 DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL CANTON RIOBAMBA

ORDENANZA No. 001-2009

EL I. CONCEJO CANTONAL DE RIOBAMBA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Art. 93 de la Codificaciòn de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, los Concejos Cantonales están facultados a organizar las Comisiones que consideren indispensables para facilitar su acción; y,

Que, es necesario racionalizar la división de trabajo del Concejo para el mejor cumplimiento de sus deberes,

En uso de las facultades y atribuciones que le confiere la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal,

EXPIDE:

LA ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA No.  009-2007  DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL CANTON RIOBAMBA

Art. 1.- El Art. 17 reemplácese por el siguiente:

“Art. 17.- En el I. Concejo Municipal de Riobamba, funcionarán las siguientes Comisiones Permanentes:

a)    Planificación Territorial,  Urbanismo y Vivienda;
b)    Obras Públicas y Energía Eléctrica;
c)    Agua Potable y Alcantarillado;
d)    Mujer, la Familia, Servicios Asistenciales y Guarderías;
e)    Higiene, Salubridad y Medio Ambiente;
f)     Servicios Públicos: Mercados, Camal, Cementerios y Terminales;
g)    Legislación;
h)    Servicios Económicos y Financieros, Presupuesto y Tributos;
i)      Centro Histórico;
j)      Desarrollo Municipal: Proyectos, Convenios y Gestión de Procesos;
k)    Turismo;
l)      Desarrollo Integral de las Parroquias Rurales;
m)   Fiscalización;
n)    Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Promoción Popular; y,
o)    Seguridad Ciudadana”.

DISPOSICIONES GENERALES: 

PRIMERA.- A fin de adecuar la legislación del I. Municipio de Riobamba a la nueva estructura de las Comisiones Permanentes determinadas por esta Ordenanza, en todas las normas de igual o menor jerarquía se establecen las siguientes reformas:

a) Las competencias asignadas a la Comisión de Planificación, Urbanismo y Vivienda, serán asumidas por la Comisión de Planificación Territorial, Urbanismo y Vivienda, la que a su vez asume las competencias sobre Vías de Comunicación, Transporte y Bienes Mostrencos.

b) Las competencias asignadas a la Comisión de la Mujer y la Familia y a la Comisión de Servicios Asistenciales, Guarderías, Recreación y Cooperativismo, serán asumidas por la Comisión de la Mujer, la Familia, Servicios Asistenciales y Guarderías, a excepción de la competencia sobre Recreación que serán asumidas por la Comisión de Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Promoción Popular.

c) Las competencias asignadas a la Comisión de Higiene y Salubridad, serán asumidas por la Comisión de Higiene, Salubridad y Medio Ambiente.

d) Las competencias asignadas a la Comisión de Plazas, Mercados, Camal y Cementerios, serán asumidas por la Comisión de Servicios Públicos: Mercados, Camal, Cementerios y Terminales.

e) Las competencias asignadas a la Comisión de Legislación, Tasas, Presupuesto, Impuestos, Contribución y Deuda Pública y, a la Comisión de Servicios Económicos, Control de Precios, Vías de Comunicación, Transporte y Terminal Terrestre, serán asumidas por la Comisión de Servicios Económicos y Financieros, Presupuesto y Tributos, a excepción de las competencias sobre:  Legislación que corresponde a la Comisión del mismo nombre; Vías de Comunicación y Transporte que las asume la Comisión de Planificación Territorial, Urbanismo y Vivienda; y, Terminal Terrestre que las asume la Comisión de Servicios Públicos: Mercados, Camal, Cementerios y Terminales.

f) Las competencias asignadas a la Comisión de Proyectos, Convenios y Desarrollo Municipal, así como a la Comisión de Gestión de Procesos, serán asumidas por la Comisión de Desarrollo Municipal: Proyectos, Convenios y Gestión de Procesos.

g) Las competencias asignadas a la Comisión de Parroquias Rurales, serán asumidas por la Comisión de Desarrollo Integral de las Parroquias Rurales.

h) Las competencias asignadas a la Comisión de Auditoría Interna, serán asumidas por la Comisión de Fiscalización; e,

i) Las competencias asignadas a la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Promoción Popular, serán asumidas por la Comisión de Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Promoción Popular.

DISPOSICION FINAL.- Se encarga a la Dirección Jurídica de la I. Municipalidad elaborar los proyectos de reformas a la normativa jurídica institucional que fueren necesarios para adecuar la misma a la reestructuración contenida en esta Ordenanza. 

La presente tiene el carácter de especial, en consecuencia prevalece sobre cualquier norma de igual o menor jerarquía que se le oponga.

Esta Ordenanza entrará en vigencia a partir de su aprobación por el I. Concejo Cantonal.

Riobamba, 7 de agosto de 2009.

f). Ab. Isabel Morales Morocho
SECRETARIA DEL CONCEJO

CERTIFICADO:  Dr. Pablo Muñoz Rodríguez y Ab. Isabel Morales Morocho,  Vicealcalde del Cantòn y Secretaria del Concejo, respectivamente, CERTIFICAN:  Que LA ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA No.  009-2007  DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL CANTON RIOBAMBA,  fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal de Riobamba en las sesiones del 6 y 7  de agosto de 2009.

f). Dr. Pablo Muñoz Rodríguez                               f). Ab. Isabel Morales Morocho
VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO                SECRETARIA DEL CONCEJO

ALCALDIA DE RIOBAMBA.- Riobamba, 7 de agosto de 2009.-  Lic. Juan Salazar Lòpez.-  Alcalde de Riobamba.- EJECUTESE: LA ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA No.  009-2007  DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL CANTON RIOBAMBA, que antecede.

f). Lic. Juan Salazar Lòpez
ALCALDE DE RIOBAMBA