ORDENANZA No. 013-2010
EL I. CONCEJO CANTONAL DE RIOBAMBA
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 28
de septiembre de 1998, el Ilustre Concejo Cantonal expidió la Ordenanza de
subdivisiones Prediales, Reestructuraciones Parcelarias, Urbanizaciones y
Proyectos de Interés Social Popular en la ciudad de Riobamba;
Que, el artículo 1
de la Ordenanza
de Subdivisiones Prediales, Reestructuraciones Parcelarias, Urbanizaciones y
Proyectos de Interés Social Popular en la ciudad de Riobamba, establece: “Es el fraccionamiento de un predio urbano
hasta 10 lotes, de una superficie que no exceda de 3.000 metros
cuadrados y que den frente o que tengan acceso a alguna
vía pública existente; y, que cuente con todas las obras de infraestructura
construidas con frente al predio. Los
predios que no cuentan con obras de infraestructura para la subdivisión
predial, los propietarios deberán construir las mismas previa a la aprobación
de los departamentos técnicos municipales; el mismo que requiere ser reformado;
En uso de las
atribuciones que le confiere la
Codificación de la Ley
Orgánica de Régimen Municipal:
EXPIDE:
Art. 1.- El
artículo 1 sustitúyase por el siguiente:
Subdivisión Predial.- Es el fraccionamiento de un predio urbano de la
superficie de hasta 3.000 metros
cuadrados , que podrá dividirse en lotes de acuerdo a la
normativa del sector de planeamiento al que corresponda y que den frente o
tengan acceso a alguna vía pública existente;
y, que cuente con las obras de aceras, bordillos y acometidas de agua
potable y alcantarillado.
Los predios que no
cuenten con las obras de aceras, bordillos y acometidas de agua potable y
alcantarillado, los propietarios deberán construir las mismas, para lo cual con
la finalidad de garantizar la ejecución de las obras, los interesados
hipotecarán a favor de la Ilustre
Municipalidad de Riobamba, los bienes inmuebles que cubran el
presupuesto de las obras a ejecutarse.
Art. 2.- La
presente Ordenanza Reformatoria entrará en vigencia a partir de su sanción.
Dado en la Sala de Sesiones del I.
Concejo Cantonal de Riobamba, el 7 de mayo de 2010.
f). Abg. Isabel Morales Morocho
SECRETARIA DEL CONCEJO
CERTIFICADO: Dr.
Pablo Muñoz Rodríguez y Abg. Isabel Morales Morocho, Vicealcalde del
Cantón y Secretaria del Concejo,
respectivamente, CERTIFICAN: Que, LA ORDENANZA QUE
REFORMA LA ORDENANZA DE
SUBDIVISIONES PREDIALES, REESTRUCTURACIONES PARCELARIAS, URBANIZACIONES Y
PROYECTOS DE INTERES SOCIAL POPULAR EN LA CIUDAD
DE RIOBAMBA, fue
discutida y aprobada por el I. Concejo Cantonal de Riobamba en sesiones
realizadas el 28 de abril y 7 de mayo
de 2010.
f). Dr. Pablo Muñoz
Rodríguez f). Abg. Isabel Morales Morocho
VICEALCALDE DE
RIOBAMBA SECRETARIA DEL
CONCEJO
ALCALDIA DE
RIOBAMBA.- Riobamba, 13 de mayo de
2010.- Lic. Juan Salazar López, Alcalde de Riobamba.- EJECÙTESE: LA ORDENANZA QUE
REFORMA LA ORDENANZA DE
SUBDIVISIONES PREDIALES,
REESTRUCTURACIONES PARCELARIAS, URBANIZACIONES Y PROYECTOS DE INTERES SOCIAL
POPULAR EN LA CIUDAD DE
RIOBAMBA, que antecede.
COMUNÍQUESE.-
f). Lic. Juan Salazar Lòpez
ALCALDE DE RIOBAMBA
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