lunes, 22 de octubre de 2012

NOTAS EXPLICATIVAS PARA EL USO DEL CODIGO MUNICIPAL DE RIOBAMBA

NOTAS EXPLICATIVAS

1.- El actual Concejo Municipal de Riobamba, considerando indispensable compilar, ordenar y depurar la amplia legislación dispersa emitida por el Cabildo, para que pueda ser debidamente conocida por los ciudadanos y establecer con claridad aquellas normas que se encuentran vigentes, dándoles un orden claro y sistemático, aprobó la estructura del Código Municipal del Cantón Riobamba.

2.- La Ordenanza que crea el Código Municipal entró en vigencia el 28 de septiembre de 2009 y contiene una estructura referencial que tiene por objeto la incorporación de las Ordenanzas expedidas por el Cabildo de Riobamba de manera ordenada en 4 grandes áreas divididas en libros: LIBRO PRIMERO.- Del Concejo y de la Organización Administrativa; LIBRO SEGUNDO.- De los Tributos Municipales; LIBRO TERCERO.- Del Desarrollo Humano; y, LIBRO CUARTO.- Del Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental.

Estas áreas han sido consideradas para la incorporación de la Ordenanzas materia de esta primera codificación.

3.- La estructura de esta primera codificación aprobada por el Concejo de Riobamba el 22 de octubre de 2012, considera nuevos capítulos, secciones o parágrafos incorporados por las Ordenanzas aprobadas.  Los títulos y capítulos que se encuentran con letra cursiva y antecedidos por un asterisco (*) corresponden a aquellos en los que aún no se han incorporado ordenanzas, sin que esto signifique necesariamente la falta de legislación sobre el tema.

4.- El lector encontrará las referencias sobre el número de la ordenanza respectiva entre paréntesis con letra cursiva al inicio del capítulo o sección en la que ha sido incorporada.

5.- La numeración de los artículos de esta codificación se ha realizado incorporando dos parámetros: 1.- El número del libro en que ha sido incorporado el artículo se identifica con  números romanos; y, 2.- El número del artículo que corresponde a la codificación en el libro respectivo con números arábigos occidentales; así por ejemplo, el artículo 18 del libro primero se identifica como I.18 o, el artículo 23 del libro tercero se identifica como III.23.

Los artículos de cada libro tienen una numeración secuencial que inicia desde el 1, así, el primer artículo del libro primero es el I.1, el del libro segundo II.1, el del libro tercero el III.1 y el del libro cuarto el IV.1.  Estos números constan en negrilla.

A continuación de la numeración utilizada para la codificación el lector encontrará entre paréntesis y en letra cursiva el número original del artículo tal como consta en la ordenanza aprobada por el Concejo Municipal.

6.- En algunos casos no se han incorporado a la codificación artículos, disposiciones generales, transitorias o finales por haber sido derogadas por una ordenanza posterior o porque ya no se encontraban vigentes o por haber cumplido el efecto para el que fueron aprobadas.  En otros casos la sintaxis ha sido corregida sin que ello altere el sentido o espíritu de la norma.

7.- Esta primera codificación, bajo ningún aspecto puede considerarse un trabajo final en el proceso de depuración y organización de la legislación local, pretende si, ser un aporte a un proceso sistemático en el tiempo que permitirá una mayor transparencia y publicidad del quehacer normativo cantonal que redundará en beneficio de los habitantes de esta jurisdicción y del trabajo institucional.

8.- Esta codificación incorpora 36 cuerpos normativos, consta de 1057 artículos, 36 disposiciones generales, 38 disposiciones transitorias y 8 disposiciones finales.

f). Dr. Pablo Muñoz Rodríguez
CONCEJAL DE RIOBAMBA
PRESIDENTE DE LA COMISION DE LEGISLACION

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